Preguntas Frecuentes
¿Puedo cancelar el 100% de las deudas?
Si cumples los requisitos, se puede cancelar de forma legal y definitiva, hasta el 100% de tus deudas dependiendo de su naturaleza.
Se pueden exonerar la totalidad de las deudas privadas: entidades bancarias y financieras, comunidades de propietarios, empresas (telefonía, agua, luz, gas, etc…) y particulares.
Hasta su última modificación de la Ley, se cancelaba hasta el 70% de las deudas públicas (Hacienda, Seguridad Social, Dirección General de Tráfico, Ayuntamientos…) pero, hoy en día, y siempre a criterio del Juez, la cifra varía entre los “hasta” 10.000€ “por cada” Administración pública y los “hasta” 10.000€ como total de la deuda pública.
¿Cómo puedo saber las deudas que tengo?
Pregunta a las diferentes entidades bancarias y financieras con las que has tratado.
Consulta las bases de datos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), así como también los ficheros de morosidad de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) y EXPERIAN.
Consulta las administraciones públicas como por ejemplo Hacienda o la Tesorería General de la Seguridad Social.
Tienes información detallada y completa en este artículo.
¿Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?
Es un mecanismo legal que permite cancelar hasta al 100% de la deuda privada y parte de la deuda pública.
Como para todo, existen unos requisitos mínimo para poder disfrutar de la Ley de Segunda Oportunidad.
Te lo explicamos todo aquí:
¿Cuánto suele durar el procedimiento?
La duración del trámite dependerá de las circunstancias de cada caso. Por nuestra experiencia, con la reciente reforma de la Ley Concursal el procedimiento suele durar aproximadamente entre 6 meses y un año, pero tenemos casos que se han resuelto en 3 meses.
¿Qué pasa si estoy casado en régimen de bienes gananciales?
Los dos cónyuges tendréis que firmar la solicitud para iniciar el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad.
Si el patrimonio privativo del cónyuge deudor no fuera suficiente para satisfacer la deuda contraída durante el matrimonio, los acreedores podrán solicitar el embargo de los bienes de la sociedad de gananciales.
No se verán afectados los bienes privativos del cónyuge no deudor.
¿Puedo salvar mi casa?
Los tribunales han fijado una serie de requisitos que, si se cumplen, permiten salvar tu vivienda:
- Tiene que ser tu residencia habitual que se encuentre gravada con una hipoteca.
- Tienes que estar al día en el pago de las cuotas del préstamo o crédito hipotecario.
- El importe de la hipoteca que quede por pagar debe de ser superior al valor real del inmueble.
¿Puedo empezar o seguir trabajando si inicio el procedimiento?
Sí, tanto autónomos como trabajadores pueden acceder a esta Ley con independencia de su situación laboral.
¿Los autónomos deben entregar todo su material de trabajo?
No tendrás que entregar aquellos bienes que sean imprescindibles para el desarrollo normal de tu actividad profesional: maquinaria, vehículos de transporte , locales, etc …
¿Puedo salir del ASNEF con la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí, una vez te cancelen las deudas podrás pedir que te borren de las listas de morosos.
Siempre que tengas deudas, ¿podré acudir a la ley Segunda Oportunidad?
Es una segunda oportunidad y no un cheque en blanco. Es un mecanismo excepcional que requiere no haber utilizado procedimiento idéntico o similar en los 10 años anteriores, y condiciona no volver a requerirlo en los 10 años posteriores.
¿Necesitas una Segunda Oportunidad?
Los abogados de Kurkea, líderes en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, te ayudamos a conseguir una segunda oportunidad para ti y los tuyos, para que podáis empezar una nueva vida desde cero.