En este post, abordaremos el tema de los créditos contra la masa. Algo que puede resultar confuso, pero que intentaré explicarte de forma clara y comprensible.
Lo primero a saber es que un crédito es el derecho de un acreedor a recibir dinero por parte de un deudor, con la obligación del deudor de devolverlo según lo acordado.
Índice del contenido
¿Qué son los créditos contra la masa?
Los créditos contra la masa son los primeros en pagarse porque tienen prioridad de pago sobre otros créditos y, generalmente, surgen después de la declaración de un proceso concursal.
Gozan de un tratamiento preferente y están vinculados a obligaciones que, por su importancia, reciben un privilegio especial dentro del proceso de concurso de acreedores.
El artículo 242 de la Ley Concursal nos ofrece un listado cerrado de los créditos que tienen esta consideración:
- Los gastos necesarios para la conservación de los bienes del concursado, o masa activa.
- Los salarios, indemnizaciones por despido y otros gastos necesarios para la continuación de la actividad profesional, si hablamos de una empresa o autónomo con trabajadores contratados.
Los créditos contra la masa tienen preferencia para garantizar el pago de los gastos de mantener la actividad de la empresa y afrontar los costes del proceso concursal.
Tipos de créditos contra la masa
Como hemos visto, los créditos contra la masa aseguran el pago de ciertos gastos y deudas esenciales necesarias para mantener la operatividad de la empresa en concurso, pero ¿sabes que existen varios tipos?
Créditos laborales
Los créditos laborales se originan cuando la empresa o autónomo tiene trabajadores contratados.
Incluyen salarios, indemnizaciones por despido y otros pagos derivados de la relación laboral, que se priorizan para proteger los derechos de los trabajadores en el concurso de acreedores.
Sin embargo, no todos los salarios son créditos contra la masa, ya que la Ley establece una limitación temporal.
Los que sí se consideran créditos laborales y, por tanto, contra la masa son:
- Los salarios de los últimos 30 días de trabajo efectivo antes del trámite, hasta el límite del doble del SMI (Si hay salarios impagados anteriores, no tendrán preferencia de pago).
- Los salarios de los trabajadores generados durante el concurso “si la empresa continúa con la actividad profesional”.
- Las indemnizaciones por extinción del contrato laboral o despido durante el trámite “hasta un límite del doble del salario mínimo interprofesional”.
- Las indemnizaciones por despidos producidos en los últimos 30 días antes de la solicitud “hasta el límite del doble del SMI”.
Gastos judiciales y administrativos
El concurso de acreedores conlleva una serie de gastos que se considerarán crédito masa y, por tanto, los primeros en cobrarse.
Tendrán esta consideración, por ejemplo, los honorarios de los profesionales que intervienen en el trámite: los aranceles del administrador concursal o los honorarios de abogado y procurador.
Otro ejemplo serían los gastos derivados de la solicitud de medidas cautelares, la emisión de certificados o los gastos por la publicidad del concurso.
Básicamente, serán créditos contra la masa los gastos derivados de la solicitud de concurso.
Gastos y créditos originados en otros procesos
Dentro de esta clasificación, nos encontramos por ejemplo, deudas que se pueden generar en otros procesos judiciales.
Por ejemplo, las deudas derivadas de responsabilidad civil extracontractual por muerte o daños personales o deudas por pensión de alimentos, entre otros.
Si se llegan a acuerdos en sede concursal para renegociar deudas, la mitad de las mismas tendrán consideración de crédito masa.
Procedimiento de reconocimiento de los créditos contra la masa
El reconocimiento de los créditos contra la masa está regulado en el artículo 246 de la Ley Concursal.
Es un momento procesal importante ya que determina la legitimidad y la prioridad de los créditos, garantizando que sean atendidos ordenadamente conforme a la Ley.
Este procedimiento implica la presentación de solicitudes por parte de los acreedores, una evaluación detallada por parte del Administrador Concursal y la posterior determinación de la validez y el orden de pago de estos créditos.
Solicitud y documentación
La administración concursal dará un plazo a los acreedores para que comuniquen sus créditos, incluyendo a Hacienda y a la Seguridad Social.
Deberá darse información detallada sobre los créditos: datos identificativos, cuantía, fechas, vencimientos, características con la documentación correspondiente.
Es muy importante comunicar la calificación de los mismos, es decir, los acreedores deberán indicar si sus créditos son créditos contra la masa.
Evaluación por parte de la Administración
El administrador concursal determinará la inclusión o exclusión de los créditos en la lista de acreedores, que podrá ser impugnada. Las acciones relativas a la falta de reconocimiento por parte de la administración concursal podrán ejercitarse ante el Juez.
Prioridad y orden de pago en los créditos contra la masa
Como hemos observado, dentro de los créditos contra la masa existen varios tipos, que tendrán diferentes preferencias de cobro entre ellos.
El orden de pago de los créditos contra la masa determinan cómo y cuándo se satisfacen los gastos prioritarios del concursado.
Este orden asegura que los recursos disponibles se utilicen de manera eficiente y justa, priorizando aquellos gastos y deudas que son indispensables para el mantenimiento de la actividad profesional, de la masa activa y la administración del concurso.
Normativa legal
La Ley Concursal establece el orden de preferencia de estos créditos, dándoles preferencia sobre los demás créditos concursales.
Dentro de los créditos contra la masa, los que deben abonarse en primer lugar son los salarios de los trabajadores.
Los otros créditos contra la masa se pagarán cuando venza el plazo para ello.
Excepciones y especificidades
El administrador concursal podrá alterar el orden del pago en interés del concurso si la masa activa fuera suficiente para el pago de todos los créditos.
Sin embargo, no podrá retrasar el pago de los créditos por alimentos, créditos laborales o créditos en favor de Hacienda o Seguridad Social.
Acciones legales y protección de acreedores
Existe una serie de derechos y herramientas legales para proteger los intereses de los acreedores y asegurar el cobro de sus créditos contra la masa.
Para ello, la Ley permite a los acreedores influir en decisiones críticas y actuar ante posibles incumplimientos, ayudando a mantener la transparencia y la equidad en la administración concursal.
Los acreedores también tienen derecho a recibir el pago preferente de sus créditos contra la masa, además de que la administración concursal les mantenga informados sobre el estado del concurso y las decisiones adoptadas.
Si sus derechos se ven vulnerados pueden tomar medidas legales, como impugnar acuerdos de las juntas de acreedores o intervenir en el proceso concursal para proteger sus intereses.
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Como verás, los créditos contra la masa garantizan la continuidad empresa y su correcta administración durante el proceso concursal.
Si te ha quedado alguna duda por resolver, puedes hacerme preguntas sobre los créditos contra la masa en el formulario de comentarios.